SIGUIENTE PASO
Si por fin habéis elegido una fecha...¡Enhorabuena!, el siguiente paso es decidir el tipo de Ceremonia que vais a realizar: Religiosa o Civil. Esta es una decisión muy importante, ya que va influir en el resto de elecciones. También será necesario conocer los diferentes documentos y acciones legales a realizar para cada uno de los procesos.
DOCUMENTOS BODA RELIGIOSA:
- Certificado literal de Nacimiento actualizado de cada uno de los novios. Para obtenerlo hay que dirigirse al Registro Civil del lugar de nacimiento.
- Partida de Bautismo reciente legalizada. Se obtiene en la parroquia en la que los novios fueron bautizados.
- Fotocopias del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de residencia de cada uno.
- Certificado o justificante de haber asistido al Cursillo Prematrimonial.
- Algunas parroquias pueden exigir otros documentos necesarios para la boda como el certificado de confirmación y/o el certificado de soltería. Este último puede pedirse en el ayuntamiento donde se esté censado y es necesario cuando uno de los contrayentes es extranjero.
- Para que la BODA sea reconocida plenamente será necesario inscribir el matrimonio en el Registro Civil. Así, una vez concluida la ceremonia religiosa y se tenga el acta matrimonial firmada, se deberá entregar en el plazo de cinco días hábiles. Muchas parroquias se encargan de efectuar esta inscripción.
DOCUMENTOS BODA CIVIL:
- Certificado literal de Nacimiento actualizado de cada uno de los contrayentes. Para obtenerlo hay que dirigirse al Registro Civil del lugar de nacimiento. Tardan aproximadamente cinco días en tenerlo listo.
- Certificado de soltería de los futuros esposos. Consiste en una declaración jurada del estado civil. El impreso se consigue en el Registro Civil del lugar de residencia.
- Certificado de empadronamiento. Hay que pedirlo en el ayuntamiento de la población donde se haya residido los dos últimos años. En las grandes ciudades también se puede pedir en las Juntas Municipales.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de residencia de ambos y el original.
- La solicitud que os facilitarán en el Registro Civil cumplimentada.
- Es imprescindible que los testigos también lleven su Documento Nacional de Identidad o su Pasaporte.
Ahora que ya tenéis claro el tipo de ceremonia que vais a realizar es el momento de elegir el LUGAR DE CELEBRACIÓN.
En el caso de una Ceremonia Religiosa es necesario elegir un Templo. Si las parejas provienen de diferentes lugares, lo normal es que se realice en la localidad de la novia. En cuanto al Templo, en cualquier punto del territorio nacional podemos encontrar Iglesias, Catedrales, Ermitas...con un encanto especial donde nos gustaría celebrar el enlace. Algunos de ellos, la lista de espera es hasta de 2 años y el coste puede ser elevado.
Consejo: Decidiros por un lugar que tenga algún significado especial para vosotros.
Mi Consejo Práctico: Elegid la Parroquia a la que pertenezca alguno de los contrayentes. Los trámites serán menos complicados y será mucho más barato.
En el caso de una Ceremonia Civil, tendréis que decidiros por un Ayuntamiento, el Juzgado o elegir algún establecimiento que os permita realizar la Ceremonia con un Oficiante de Bodas.
Es MUY IMPORTANTE que tengáis en cuenta que un matrimonio civil sólo lo puede oficiar un Alcalde, Concejal o Juez de Paz para que tenga validez "LEGAL". Pero este trámite lo podéis realizar de forma totalmente privada y más tarde "RATIFICAR LOS VOTOS MATRIMONIALES" delante de un OFICIANTE DE CEREMONIAS en el local o lugar que hayáis elegido, ya que la fecha para la Ceremonia Civil la marcarán las instituciones y vosotros tenéis poco que decir.
Consejo: Contraed matrimonio privadamente el día que os asignen y luego contratad a un Oficiante de Ceremonias para el día elegido por vosotros.
Mi Consejo Práctico: Si no os importa la fecha, celebrad la Ceremonia en el Ayuntamiento o Juzgado y será un gasto menos.
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